La definición de maltrato debe además, tener en cuenta, al menos tres criterios:
En primer lugar la consideración de una acción u omiso ejercidas sobre él, lo que puede conllevar una relativización de su consideración como maltrato, y en tercer lugar, hay que también tener en cuenta que no necesariamente todos los actos de maltrato tienen porque dejar secuelas inmediatas y visibles en el menor; esto es especialmente relevante por cuanto las consecuencias importantes de los casos de maltrato infantil no suelen ser las físicas, sino las que afectan en el desarrollo del menor a medio y a largo plazo

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